Ley No. 16 - 95 - De Inversión Extranjera de la República Dominicana
El régimen jurídico aplicable a la inversión extranjera en la República Dominicana experimentó un cambio sustancial con la promulgación de la Ley Nº 16-95, del 20 de noviembre del 1995, sobre inversión extranjera. Con esta ley, el país ha respondido a una exigencia interna y a las nuevas normas y relaciones comerciales internacionales.
La Ley 16-95 derogó la Ley 861 del año 1978 e introdujo ventajas significativas para los inversionistas. El objetivo principal de la ley 16-95 es otorgar "igualdad de trato" al inversionista extranjero con relación al nacional, tanto desde el punto de vista de sus derechos como de sus obligaciones, lo que se refleja también en el procedimiento de aplicación de la ley.
El texto in-extenso de la Ley 16-95 tal como fue promulgada, incluye definiciones de inversion extranjera según las diversas categorías en que en que dicha Ley la clasifica. Además incluye las definiciones de lugar de diversos términos, como son 'Inversionista Extranjero' e 'Inversión Nacional'. El artículo 2 delimita quienes pueden invertir bajo los beneficios de la ley, dando paso luego a las diversas formas de inversión contempladas y los diferentes destinos. Cubre además las excepciones a la igualdad de trato en las areas de inversión y la liberalidad para la repartición de capitales y para la remesa de dividendos.
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