Ley No. 16 - 95 - De Inversión Extranjera de la República Dominicana
El régimen jurídico aplicable a
la inversión extranjera en la República
Dominicana experimentó un cambio sustancial
con la promulgación de la Ley Nº 16-95,
del 20 de noviembre del 1995, sobre inversión
extranjera. Con esta ley, el país ha respondido
a una exigencia interna y a las nuevas normas
y relaciones comerciales internacionales.
La Ley 16-95 derogó la Ley 861 del año 1978 e introdujo ventajas significativas para los inversionistas. El objetivo principal de la ley 16-95 es otorgar "igualdad de trato" al inversionista extranjero con relación al nacional, tanto desde el punto de vista de sus derechos como de sus obligaciones, lo que se refleja también en el procedimiento de aplicación de la ley.
El texto in-extenso
de la Ley 16-95 tal como fue promulgada, incluye
definiciones de inversion extranjera según
las diversas categorías en que en que dicha
Ley la clasifica. Además incluye las definiciones
de lugar de diversos términos, como son
'Inversionista Extranjero' e 'Inversión
Nacional'. El artículo 2 delimita quienes
pueden invertir bajo los beneficios de la ley,
dando paso luego a las diversas formas de inversión
contempladas y los diferentes destinos. Cubre
además las excepciones a la igualdad de
trato en las areas de inversión y la liberalidad
para la repartición de capitales y para
la remesa de dividendos.
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